CUBA-TRABAJO
Normativa disciplinaria cubana prevé hasta la pérdida del puesto de trabajo
Fecha: 18/12/2006 Fuente : EFE
La Habana, 18 dic (EFECOM).- Las administraciones de las empresas
cubanas impondrán sanciones que pueden llegar a la separación definitiva
del puesto de trabajo con una nueva regulación disciplinaria que busca
poner fin a las irregularidades en materia laboral.
De acuerdo con la resolución sobre reglamentos disciplinarios internos
que publica hoy el diario "Trabajadores", las sanciones tendrán
efectividad al día siguiente a su notificación "con independencia de que
se muestre inconformidad con ellas" y de los posibles recursos que se
puedan plantear.
La resolución del Ministerio de Trabajo, que junto con la normativa
sobre horarios constituyen las primeras disposiciones del gobierno
provisional de Raúl Castro, incluye un abanico de prohibiciones que
serán comunes a todas las empresas, requisitos formales de las sanciones
y obligaciones de los administradores de las empresas del Estado.
Califica como "faltas graves" no informar de las irregularidades que
tienen lugar en la empresa, la reiterada inasistencia o falta de
puntualidad, no atender las instrucciones de los superiores y las
acciones que derivan en accidentes graves o daños para los equipos de la
empresa.
También considera que introducir en las computadoras pornografía,
"juegos prohibidos" y documentos falsos o permitir que otros lo hagan
suponen una transgresión de gravedad.
Las sanciones "más severas" van desde el traslado temporal a otra plaza
de menor remuneración o calificación por un plazo de entre seis meses y
un año a la "separación definitiva de la entidad".
La normativa deroga la actual resolución sobre utilización de
reglamentos y revisión de reglamentos disciplinarios internos, ya que,
según el Ministerio, en un gran número de entidades están
"desactualizados, obsoletos o carentes de formalidades necesarias", lo
que limita su efecto como instrumentos de "fortalecimiento del orden y
educación laboral".
Se prohíbe expresamente alterar los registros de asistencia, aceptar
retribuciones a cambio de información o soluciones relacionadas con el
trabajo, ingerir bebidas alcohólicas, permitir que personas ajenas
utilicen medios de la empresa o utilizar el trabajo para realizar
labores propias.
Además, entre las obligaciones de los trabajadores se establece el
cumplimiento con "calidad y eficiencia" de las labores encomendadas, el
cuidado de los bienes de la empresa y de la "apariencia personal", así
como informar a la dirección de los cambios de domicilio en el plazo de
72 horas.
Las reformas laborales buscan atacar las irregularidades y aumentar la
eficiencia de las empresas del Estado y, aunque inicialmente estaba
prevista su entrada en vigor en enero del 2005, las autoridades
laborales decidieron aplazar su aplicación a partir del 1 de abril de
2007. EFECOM
jlp/rmo/jla
http://www.invertia.com/noticias/noticia.asp?subclasid=&clasid=&idNoticia=1666234
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