Sunday, September 24, 2006

Un decreto que no limpia el pais

SOCIEDAD
Un decreto que no limpia el país

Tania Díaz Castro

LA HABANA, Cuba, septiembre (www.cubanet.org) - En Cuba existen ciertas
regulaciones legales que tienen como finalidad lograr la higiene
ambiental, pero que desgraciadamente no se ponen en práctica.
Contempladas en el Decreto Ley No. 272, del 20 de febrero de 2001,
fueron redactadas bastante tarde con relación a las numerosas epidemias
que ha sufrido la población, principalmente el dengue, durante las
últimas cuatro décadas.

Y digo que no se ponen en práctica porque el desorden y la falta de
higiene, sobre todo en la capital habanera, están a la orden del día.
Desde un poco antes de los años setenta Cuba ha sufrido de una
enfermedad, olvidada durante la primera mitad del siglo XIX, nombrada
dengue, cuyas víctimas mortales se cuentan por miles.

Un breve análisis del Decreto 272 nos deja perplejos. Por ejemplo, su
artículo l8, acápite A, multa con cientos de pesos a quien afecte o dañe
los contenedores o depósitos públicos de basura. Eso está bien, pero
¿quién o quiénes son los encargados de proteger dichos contenedores, que
no se ven por ninguna parte, sobre todo cuando los mismos empleados que
los manipulan los maltratan, los cambian de lugar o simplemente pasan
días y no vienen a vaciarlos?

El acápite C del mismo artículo señala que serán multadas aquellas
personas que arrojen escombros en la vía pública. Tal vez entonces como
castigo, permanecen dichos escombros en las calles durante días y meses,
sin que el Estado se ocupe de recogerlos.
El acápite D es el que más me intriga. Mientras la prensa independiente
denuncia sistemáticamente la cantidad de animales domésticos que inundan
las calles capitalinas, e incluso publica el diario Juventud Rebelde el
8 de febrero de 2004 que más de 200 mil perros callejeros deambulan por
toda Isla, principalmente en Ciudad Habana, según datos ofrecidos por el
Ministerio de Salud Pública, el Decreto Ley multa a los propietarios que
permiten que su mascota ande fuera de su casa, aunque sea por poco tiempo.

También el mismo Decreto puede multar a quien mantenga un salidero de
agua en el hogar o locales. Sin embargo, ¿cómo multar al Estado que
mantiene cientos de salideros en la vía pública, vinculados a los focos
del mosquito Aedes Aegypti, los que afectan tanto el abasto de agua de
la población como las calles y aceras?

El acápite O nos dice que este Decreto multa a la persona que remueva o
extraiga desechos sólidos depositados en los contenedores públicos. A
cada momento se ven a estas personas regando la basura fuera del
contenedor y nadie los recrimina o les impone una multa de 50 pesos, la
más baja del Decreto, por una acción que, más que otras, afecta la
higiene ambiental.

Pero los acápites que más desconciertan son el H y el L. El H, por
ejemplo, multa a la persona que derrama agua fuera de su inmueble
mientras limpia, a pesar de que decenas de calles capitalinas permanecen
inundadas de agua potable o albañales. Y el acápite L, no se sorprendan,
multa a quien vierta o mantenga escombros, materiales y objetos en
desuso en la vía pública.

Este Decreto, disparatado en muchos sentidos, demuestra la incompetencia
estatal para controlar la basura de la ciudad, también de sus centros
laborales, todos bajo su tutela, porque ¿quién hace que se mantengan los
escombros en la vía pública?

El l6 de febrero de 2006 el periódico Granma lo dijo claramente: "Desde
hace años la higiene comunal de la urbe no goza de buena salud y aunque
duela, es considerada la ciudad más sucia del país". Yo diría del
continente americano.

Mientras muchos cubanos se preguntan cuánto cuesta la limpieza de la
capital otros piensan que, seguramente, no se requiere de tanto dinero
como el que se utiliza para propagar el socialismo en Cuba y allende el mar.

http://www.cubanet.org/CNews/y06/sep06/22a7.htm

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