Thursday, November 01, 2007

Traer al hijo es fácil, ¿o no?

Publicado el miércoles 31 de octubre del 2007

Traer al hijo es fácil, ¿o no?
MANFRED ROSENOW
Especial para El Nuevo Herald

El motivo de esta carta es para ver si usted puede ayudarme con la
reclamación de mi hijo en Cuba. Lo quiero traer a él solamente pues está
soltero y no tengo recursos para su reclamación. Le dirijo esta carta
pues siempre leo sus artículos y veo como usted ayuda a personas como yo
necesitadas. Esperando su ayuda, quedo de usted con respeto,

Mario A. Nodarse
North Miami, FL

Ayudarle con instrucciones y con llenado de papeles, con mucho gusto, y
hasta vigilarle el proceso que va a emprender para que no cometa
errores, también con gusto. En lo que no puedo ayudarle es en sufragar
gastos para que su propósito se cumpla. Aunque esos gastos no son
exorbitantes, cada uno tiene que cargar con los suyos. ¿Por qué? Porque
dada mi actividad como abogado de inmigración y como periodista, recibo
millares de solicitudes similares y entonces, ¡¿a quién ''ayudo''
(económicamente) y a quién no?! Vamos, pues, con las instrucciones.

En su descripción, magnífico que usted sea ciudadano norteamericano,
porque esto lo pone a la cabeza en ventajas de petición para con sus
hijos. Pero eso no es todo. Usted me habla de ''su hijo en Cuba'', pero
no me dice ni una palabra acerca de si es grande o chiquito, gordo o
flaco, emprendedor o lerdo, activo o flojo, en fin. Aunque esto no pasa
de ser un chiste faltan muchos datos en su carta. Si él fuera niño (es
decir, soltero y menor de 21 años), su categoría sería la de un
''familiar inmediato'', no sujeto a cola alguna. Si es soltero (usted lo
dice) pero de 21 años en adelante, la petición sería diferente, vale
decir, de ''1ra. Preferencia'', con una cola o espera de entre unos
cinco a ocho años, aproximadamente, hasta que le toque venir. No crea
usted, pues, que es como ''pedirlo hoy'' para que ``llegue mañana''.

El primer papel que hay que llenar es la petición propiamente dicha, o
sea, la ''I-130''. A ella hay que acompañar un money order de $355
(antes eran $200 o menos) y los documentos que prueben la filiación, es
decir, la partida de nacimiento de él y copia del Certificado de
Naturalización de usted, o sea, ''la ciudadanía'' (¡pero nunca suelte el
original!). Si el hijo es de matrimonio (usted no lo dice) es más fácil,
porque si se trata de un hijo natural (sin matrimonio con la madre), en
algunos casos le pedirán otras pruebas --como exámenes de ADN de ambos--
para comprobar la relación de padre a hijo.

Al final (no ahora, sino cuando ya haya hecho la espera de años que le
mencioné), le van a pedir a usted prueba de ingresos para el affidavit
of support, o sea, la garantía de que usted va a responder por él si,
una vez aquí, cae en necesidad, y que entonces no se le dé por buscar
ayuda pública (que está prohibida a quienes vienen por petición). Según
su carta, usted pudiera no tener ingresos propios suficientes, pero
entonces cualquier otra persona que sí los tenga podría darle el
indispensable segundo affidavit, y correr con esa responsabilidad.

Mucho más simple el caso de cubanos que ya están aquí o que llegan a
EEUU ''con los pies secos''. Lo del hijo suyo es como se lo describí
porque él está fuera de EEUU y le toca hacer todo como cualquier
inmigrante. ¡Mucho éxito!

http://www.elnuevoherald.com/inmigracion/linea_de_inmigracion/story/110162.html

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