Friday, December 09, 2011

Decreto 293: ¿La Habana o Arizona?

Decreto 293: ¿La Habana o Arizona?
Viernes, Diciembre 9, 2011 | Por Laritza Diversent

LA HABANA, Cuba, diciembre, www.cubanet.org -Recientemente el Consejo de
Ministros puso en vigor mediante su publicación en la Gaceta Oficial, el
Decreto 293 que modifica las Regulaciones migratorias internas para
Ciudad de la Habana, vigentes desde 1997, en virtud del Decreto 217, que
restringe la libertad de circulación los cubanos dentro de la isla.

La nueva disposición elimina los trámites que debían cumplir las
personas que permutaran o se adjudicaran por herencia, legado, donación,
y recientemente por compraventa, o se le asigne por interés estatal o
social, una vivienda ubicada en la capital, respecto a su núcleo
familiar. Sin embargo, deja intactas el resto de sus disposiciones.

El Decreto 217 exige a las personas provenientes de otros territorios
del país, solicitar al Presidente del gobierno local del lugar donde
esté enclavada la vivienda, a través de la Direcciones Municipales de la
Vivienda, el reconocimiento del derecho de residencia y con él, el de la
libertad de circulación.

Para oficializar el traslado de residencia con carácter permanente el
ciudadano debe presentar en la Oficina del Registro de Direcciones un
certificado expedido por las Direcciones Municipales de Arquitectura y
Urbanismo que acredite que el inmueble tiene las condiciones mínimas de
habitabilidad. En todo caso, la vivienda tiene que contar con una
superficie techada habitable no inferior a 10 metros cuadrados por cada
uno de sus residentes.

La norma emitida por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros,
instituye además un sistema de contravenciones personales para los casos
de incumplimiento, penadas con multas que van desde 200 hasta 1000 pesos
moneda nacional. Igualmente exige a los infractores, la obligación de
retornar de inmediato al lugar de origen.

El gobierno garantiza por otras vías el cumplimiento de estos Decretos.
Los propietarios tienen la obligación de cumplir las normas sobre
regulación migratoria para la capital del país, a la hora de arrendar
sus viviendas. Incluso el Ministerio de Finanzas y Precios, en algunos
casos, los exime del pago del impuesto, si así lo hacen.

Para disfrutar de este privilegio, los propietarios deben presentar en
la Oficina Municipal de Administración Tributaria correspondiente, el
documento que acredite el cambio de dirección del arrendatario y el
reconocimiento de que se cumplen los requisitos establecidos por el
Decreto No. 217.

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por medio de la Resolución
No.9/97, prohibió a las entidades estatales radicadas en la capital,
contratar trabajadores que no fueran residentes permanentes en la
ciudad. Igual prohibición estableció para las Direcciones de Trabajo del
Poder Popular, respecto al otorgamiento de licencias para el trabajo por
cuenta propia.

La aplicación de esta disposición también violenta la libertad personal,
pues los órganos policiales tienen autorización para detener, arrestar y
deportar a su lugar de origen, a las personas sospechosas de ser
"ilegales" en la capital. Sin embargo, ninguna norma penal criminaliza
la estancia en un lugar determinado como un delito.

A pesar de la nueva modificación, las regulaciones del gobierno cubano
para la migración interna recuerdan las del Estado de Arizona, que tanto
rechazo causaron a nivel mundial; con el agravante de que, por increíble
que parezca al lector extranjero, las de aquí no se aplican a
extranjeros, sino a cubanos de otras provincias que quieran vivir en La
Habana.

En los últimos tres meses la prensa oficial se ha hecho eco de las
medidas adoptadas por el gobierno, que eliminan prohibiciones
relacionadas con el trabajo por cuenta propia y la compraventa de autos
y casas. Sin embargo ha guardado silencio sobre las modificaciones de la
política migratoria interna. El silencio de la prensa al respecto tal
vez se deba a que, a pesar de representar un cambio positivo, la medida
continúa siendo en sí, arbitraria, inconstitucional y violatoria de los
derechos fundamentales de los cubanos.

http://www.cubanet.org/articulos/decreto-293-%c2%bfla-habana-o-arizona/

No comments: