Firman convenio sindicatos independientes de Cuba
Por Roberto Santana Rodríguez
Bitácora Cubana, 11 de junio de 2006 - La Habana
El Sindicato Independiente de Trabajadores de la Industria Ligera
(SITIL) y la Unión Sindical Cristiana de Cuba (USCC), firmaron el pasado
8 de junio un convenio mutuo de colaboración.
El acuerdo fue firmado en la sede de la SITIL, en Calle Puerta Cerrada
#417 del capitalino municipio Centro Habana. Por parte del SITIL firmó
su Secretario General, el señor Aurelio Bachiller Álvarez; mientras que
por la USCC firmó su presidente el señor Carmelo Díaz Fernández, quien a
su vez es fuente de esta información.
Díaz Fernández, en referencia al acuerdo firmado, dijo que el mismo
contaba, entre otros aspectos, de cursos referentes al sindicalismo
independiente, con vista de la superación de los afiliados; actividades
referentes al sindicalismo; y a la recordación de fechas históricas
Después de la firma del acuerdo entre la SITIL y la USCC, los
participantes en el acto recibieron una conferencia en la cual se
trataron algunos convenios de la Organización Internacional del Trabajo
(OIT), de los cuales Cuba es signataria, y que se afirmó, son violados
en la Isla.
Entre los que se encuentran: el 87, el 95 y el 111, referidos al derecho
de formar sindicatos, por parte de los trabajadores con vistas a la
defensa de sus intereses; al respeto al salario; y a la discriminación
en el empleo, por razas, creencias religiosas y sexo, entre otras
respectivamente.
Por último, Carmelo Díaz Fernández valoró de forma positiva el acuerdo,
diciendo: “Este acto marcará un hito histórico en la lucha del
sindicalismo independiente en nuestro país”.
Convenio 87
La libertad sindical y la protección del derecho de sindicación (1948;
ratificado por 124 estados.)
El derecho de los trabajadores a formar y juntarse con organizaciones
que escojan sin autorización previa, y sin interferencia de autoridades
públicas.
Convenio 95
Convenio sobre la protección del salario (1949)
http://193.134.194.11/ilolex/spanish/reportforms/pdf/22s095.pdf
Convenio 111
La discriminación (empleo y ocupación) (1958; ratificado por 137 estados.)
Requiere la eliminación de discriminación en el acceso al empleo y la
capacitación y en las condiciones laborales basada en motivos de raza,
color, sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional u origen
social y la promoción de igualdad de oportunidades y de trato en el
empleo y la ocupaci
http://www.bitacoracubana.com/desdecuba/portada2.php?id=2245
No comments:
Post a Comment