Política
Un gobierno cubano en el exilio
Ernesto Gutiérrez Tamargo
Madrid 26-06-2012 - 9:04 am.
Rodolfo Nodal y Tarafa, presidente del Gobierno Constitucional Cubano en
el Exilio, con sede en EE UU, responde a las interrogantes de DDC.
Rodolfo Nodal y Tarafa, presidente del Gobierno Constitucional Cubano en
el Exilio. (GCC)
Aunque parezca una novedad o para muchos ni siquiera resulte conocido,
existe en Florida (EE UU) un denominado "Gobierno Constitucional de Cuba
en el Exilio" (GCC), cuya presidencia cambió en diciembre pasado. El
acto de proclamación y jura del nuevo presidente constitucional en el
exilio da continuidad al proceso de la instauración de dicho gobierno,
que comenzó en 1995 con la proclamación del primer presidente,
magistrado Dr. Morell Romero, y que continuó con la proclamación de su
sustituto legal constitucional, el Dr. Claudio Benedi, quien debió
renunciar por motivos de salud el 21 de diciembre pasado.
Ernesto Gutiérrez Tamargo, abogado de origen cubano y colaborador de
DIARIO DE CUBA, ha tenido acceso al proclamado presidente Sr. Rodolfo
Nodal y Tarafa, y le ha hecho la entrevista que sigue.
Sr. Nodal y Tarafa, su investidura como presidente invoca el artículo
149 de la Constitución de 1940 (no vigente, y que fue sustituida por la
Ley Fundamental 1/59). ¿Qué fundamento de derecho lo habilita para ser
investido según lo que establece dicho artículo?
El expresidente doctor Benedi, siguiendo los procedimientos señalados
por los artículos 180 y 149 de la Constitución de 1940, escogió al
magistrado que debería ocupar la posición de sucesor a la presidencia
entre una terna de juristas que le sometió el Consejo Asesor Jurídico de
la Coalición Constitucional. La persona seleccionada a principios de
2007 fue el que subscribe, y por ello se produjo la sustitución
constitucional automática a la renuncia del presidente anterior.
El Tribunal Supremo de Justicia de Cuba, aprobó el 1 de Enero de 1959 en
Pleno Extraordinario la Resolución mediante la cual, reconocía
expresamente que 'la Revolución es fuente de derecho; y la presente
Revolución, al estar revestida de todos los caracteres que la consagran
como un hecho consumado, determina la quiebra del régimen existente y
deja a las fuerzas revolucionarias en aptitud para otorgarse su propio
derecho' (Gaceta Oficial de la República de Cuba, enero de 1959, citada
referencialmente en la Proclama de 5 de enero de 1959 que declaró
disuelto el Congreso de la República cuyas funciones asumió el Consejo
de Ministros).
Dado que el propio Tribunal Supremo cubano en 1959 dejó 'de iure' y 'de
facto' sin posibilidad la transición prevista en el artículo 149 al
amparo de la Constitución de 1940, y fue dictaminado en Sede Plenaria de
dicho Tribunal que la Revolución era fuente de Derecho, ¿en virtud de
qué criterio jurídico-constitucional se invoca este artículo para dotar
de legitimidad al GCC?
Es doctrina conocida y aceptada que la única fuente primaria legítima de
legalidad es la Constitución y las disposiciones y mandatos que de ella
emanan en lo que respecta a su vigencia o modificación, puesto que es
ella la exclusiva representante de la voluntad ciudadana. Solo a ella
debe atenderse.
El GCC surge precisamente del estricto cumplimiento del artículo 149 de
la Constitución de 1940, que estuvo en efecto en el país hasta el 9 de
marzo de 1952, cuando su aplicación, aunque no su vigencia legal y
moral, fue interrumpida manu militari dando comienzo a un período de
ilegitimidad jurídica en cuanto a los poderes del Estado, que dura hasta
el presente.
Ninguna actuación posterior a esta fecha que no autorice la Constitución
misma tiene vigencia de legalidad y/o legitimidad en la República, solo
lo dispuesto en la Constitución. Ella no faculta a ningún organismo para
decidir sobre su derecho a normar la vida nacional y la organización del
Estado y sus procedimientos, que no sean las disposiciones específicas
que norman su modificación y/o substitución autorizadas por la
Constitución misma.
En el caso de las resoluciones mencionadas en la pregunta y atribuidas
al llamado "Tribunal Supremo", este llamado tribunal existía al amparo
de un gobierno de facto surgido de un acto de fuerza violador de la
Constitución, de modo que sus decisiones no tienen base legítima en
derecho. Pero, aun en el caso de que la tuvieran, sus facultades
estarían determinadas por el artículo 174 constitucional, que no le
otorga al Tribunal Supremo de la República la facultad de modificar la
Constitución, ni menos de decidir sobre su vigencia.
La constitución de 1940, producto y única representativa de todas las
corrientes de la voluntad ciudadana del pensamiento nacional, aunque
suspendida su aplicación por la fuerza, fue y es la ley fundamental
vigente de la República de Cuba, y es por tanto la que legítimamente
deberá regir en sustitución del actual régimen totalitario, para, tal
como ella lo dispone, proceder al retorno ordenado de la nación al
Estado de derecho y a elecciones libres de un Congreso Nacional que
determine lo que la voluntad popular decida sobre su constitución.
En el Derecho Internacional Público moderno se define que un Estado
puede ser reconocido como tal cuando se dan tres criterios legales
imprescindibles: 1) la existencia de territorio físico; 2) la existencia
de población; y 3) la existencia de Gobierno.
El concepto de territorio es, por tanto, principio legal vital para ser
admitido un Estado y, en consecuencia, un Gobierno carece de sentido sin
aquél. ¿Cómo entonces el GCC, con sede física en EE UU, considera que se
le ha de considerar, tanto en la propia Cuba y principalmente en el
extranjero, adoleciendo de este requisito territorial? ¿Consta al GCC
que el Estado cubano tiene un Gobierno reconocido internacionalmente, en
la persona de Raúl Castro Ruz, como legal por todas las organizaciones y
organismos del mundo?
La legitimidad de un Gobierno no la determina ni decide el
reconocimiento extranjero, sino la voluntad de su pueblo, expresada
democráticamente y con arreglo a los procesos que ordena su ley
fundamental, o sea, su constitución libremente decidida y proclamada por
la ciudadanía en general.
Las teorías y opiniones jurídicas se debaten y van y vienen de distintos
ámbitos de la vida internacional, con frecuencia en contradicción a los
hechos políticos, como por ejemplo que las mencionadas no toman en
cuenta el reconocimiento de los gobiernos en el exilio de países como
Polonia, Checoeslovaquia, Noruega y otros durante la Segunda Guerra
Mundial; o el más reciente del sacerdote Jean-Bertrand Aristide, de
Haití, reconocido por EE UU. Todos estos reconocimientos, basados en la
imposibilidad de ejercer sus funciones en su territorio nacional debido
a acciones de fuerza, provenientes de estados extranjeros, o bien por
acciones ilegales y anticonstitucionales de fuerza interna.
El territorio del GCC es el de la República de Cuba, en donde le
corresponde legítimamente ejercer sus funciones, independientemente del
hecho de que los organismos jurídicos de mayor legitimidad y
representatividad en el exilio cubano actual, que son los Colegios de
Abogados (incluyendo el Colegio Nacional) y el de Notarios Públicos han
dado fe pública de su opinión jurídica y reconocimiento al GCC.
Existen además distintos estudios técnico jurídicos, realizados por
juristas cubanos de nota, que explican en detalle las bases de
legitimidad del Gobierno, entre ellos uno de la autoría del miembro del
Colegio Nacional de Abogados Cubanos en el Exilio y reconocido experto
constitucionalista, Dr. Oscar Salas, y que fue avalado por el entonces
Presidente de la Estructura del Tribunal Supremo de Justicia, Dr.
Guillermo E. Bauta.
Miembros de todas las organizaciones cubanas en el exilio que
representan el grueso de la sociedad civil democrática, además de las
que combaten activamente al régimen como su misión principal y única,
dieron su respaldo decidido a la proclamación del GCC. Y cabe observar
que, mas allá de la teoría jurídica, el proceso cubano contemporáneo es
un proceso político de confrontación entre las fuerzas de la democracia
y la libertad, y las de la tiranía por definición opresora.
La mayoría de los gobiernos en el exilio que conoció el siglo XX se
dedicó fundamentalmente a denunciar a los gobiernos establecidos en sus
países de origen y a trazar planes de recuperación del poder. Otros
trabajaron en el diseño de planes de reconstrucción democrática,
imaginando el retorno. ¿En qué perspectiva se sitúa el GCC?
El equipo de gobierno que presidimos, formado por cubanos de destacada
trayectoria de militancia patriótica, calibre intelectual y experiencia
profesional, se proyecta en ambas direcciones: hacer conocer al mundo la
verdadera situación del pueblo cubano bajo la gastada tiranía y, a la
vez, fomentar el cambio hacia la democracia legítima y el estado de
derecho en Cuba, mediante la presión de la acción de rebeldía popular y
el reconocimiento y respaldo de gobiernos e importantes instituciones
democráticas del mundo, especialmente del mundo occidental.
En este sentido, se adelantan gestiones ya con resultados positivos, que
esperamos muy pronto habrán de conocerse públicamente, y que están
dirigidas también a hacer saber a los militantes de intramuros del
respaldo con que contarán al producirse el cambio a través de su
gobierno constitucional.
¿En qué medida representa su gobierno al exilio cubano?
Nuestro gobierno es producto de la decisión soberana de la casi
totalidad de las instituciones que representan la dirección democrática
de la República de Cuba, expresada en declaraciones escritas al comienzo
del proceso de instauración del GCC y la Coalición Constitucional, como
son los Municipios de Cuba en el Exilio, La Junta Patriótica Cubana,
colegios profesionales encabezados por los Notarios y los Abogados (que
son los eminentemente calificados como juristas para certificar la
legitimidad constitucional), organizaciones obreras, políticas, cívicas,
beligerantes, culturales, etc. O sea, la representación de las clases
vivas que constituyeron la dirección del país antes del advenimiento de
la tiranía gangsteril comunista.
¿En qué medida representa su gobierno a los cubanos que viven en la Isla?
Como es sabido, los cubanos de intramuros tienen poca oportunidad de
manifestarse de manera organizadamente democrática, y solo unos pocos
favorecidos por los medios de prensa en el exterior, suelen expresar sus
posiciones. La Constitución de 1940 y la Coalición que la representa han
recibido concretamente el respaldo expreso de patriotas de intramuros
como el doctor Biscet y Héctor Palacios, presidente del Partido Liberal,
quien ha tenido una destacada labor de difusión internacional a favor de
Cuba libre en el continente europeo.
Contamos también con el respaldo de la mayor organización del obrerismo
organizado que existe en la Isla y que próximamente celebrará una
convención con representación de delegaciones municipales de
prácticamemente toda la Isla y sus seis provincias legales y
constitucionales, que es la Confederación de Trabajadores Democráticos
de Cuba, bajo la dirección de su Secretario General, Jorge Verrier.
El obrerismo democrático organizado en el todo territorio nacional
respalda decididamente la restauración de nuestra legítima constitución
democrática y del estado de derecho que ella establece, con la dirección
de la provisionalidad del gobierno que ella manda, y que opera ahora en
el exilio por razones obvias.
¿Qué tipo de interlocución mantiene con las organizaciones políticas del
exilio cubano?
Consideramos a todas las organizaciones políticas cubanas, con excepción
de las comunistas que han violado la constitución y oprimido al pueblo
cubano, como parte del espectro político democrático que podrá
desenvolverse en libertad durante la provisionalidad. En ese sentido,
hemos hecho un llamado a todas ellas, sin distinción de credos, para
que, sin obstaculizar sus particulares esfuerzos por la causa de la
libertad, se coordinen con el gobierno constitucional para mayor
efectividad de todos. Y contamos con la participación y apoyo de las
organizaciones políticas beligerantes de mayor predicamento dentro del país.
¿Se informó del acto de su investidura legal como presidente
constitucional de la nación para provisionalidad de la transición a las
organizaciones opositoras dentro de la Isla?
Se dio a conocer directamente y a través de medios electrónicos de TV,
radio e internet. Comparecí en el popular programa de TV dirigido por el
conocido periodista Tomás García Fuste, y expliqué al público de Miami y
Cuba el acto y su significación. También en el conocido programa de TV
"En una hora", que dirige el periodista León del Valle en el Canal 8 GEN TV.
Los gobiernos en el exilio han sido una práctica relativamente común de
los exilios producidos como consecuencia de golpes de estado,
conflictos bélicos, etc.. Todos ellos han buscado vías de interlocución
con otros gobiernos para conseguir sus propósitos políticos y
financiamiento. ¿Cuáles son sus expectativas en ese sentido? ¿Ha
establecido ya contactos con otros gobiernos de la región?
Trabajamos a nombre y en representación del pueblo de Cuba para
conseguir lo que la pregunta señala. Y hemos establecido contactos con
diferentes gobiernos en busca del legítimo reconocimiento oficial que
nos corresponde, y que se adelanta a través de las gestiones de nuestros
funcionarios diplomáticos y representación en otros países.
Como usted supondrá, la tarea es difícil debido a la prolongada estancia
y control del poder de la tiranía. Pero como dice el dicho: "No hay mal
que dure 100 años", y nosotros seguimos fomentando los contactos
internacionales, a veces necesariamente de forma muy discreta y privada,
preparándonos para el momento de la expulsión del poder del castrato y
la celebración de elecciones nacionales 21 meses después de nuestra toma
de posesión, como manda la Constitución.
Entonces se entregará el control del gobierno al nuevo presidente
electo, que puede ser cualquier cubano que llene los requisitos que
ordena la Constitución. Cualquiera menos yo, porque la Carta Magna
prohíbe al presidente provisional en funciones postularse para la
presidencia en las primeras elecciones democráticas.
¿Cómo está estructurado el gobierno que usted preside?
El organigrama del gobierno, especificando los funcionarios que
actualmente desempeñan las responsabilidades de los distintos organismos
del Estado, puede consultarse en el sitio del GCC.
Por último, ¿cómo ve usted el futuro de Cuba?
Lo veo brillante. No estoy para nada de acuerdo con los pesimistas que
dicen que el daño sufrido en lo material y lo espiritual de la nación
hará imposible una recuperación para volver a ocupar la destacada
posición que ocupó Cuba entre los países del mundo, incluyendo los más
adelantados.
El cubano ha demostrado siempre su inteligencia, su espíritu de
superación y su iniciativa. Mire lo que ha hecho el exilio y lo que
hacen nuestros compatriotas en Cuba, inventando e improvisando para
poder sobrevivir.
Recuérdese el ejemplo del éxodo del Mariel, donde al principio hubo
dificultades por el choque cultural con los compatriotas que no tenían
hábito de vida en libertad, pero que en poquísimo tiempo, cuando se
hicieron idea de cómo funcionaba el sistema y cómo se conseguía el
progreso, no solo se adaptaron, sino que rápidamente alcanzaron
situaciones y posiciones económico-sociales que otros inmigrantes con
muchísimo más tiempo no han podido ni siquiera soñar con alcanzar.
Este un orgullo nuestro, y en una Cuba constitucional democrática, con
libertades individuales y el estímulo a la iniciativa individual, bajo
un gobierno (provisional primero, y electo democráticamente después) que
ofrezca confianza por el ejemplo de seriedad, eficiencia y honestidad en
el manejo de los asuntos públicos y en la administración de la justicia,
el pueblo de Cuba hará avances vertiginosos con su inteligencia y
voluntad de superación, hasta colocarse en la posición cimera que le
corresponde.
Para ello trabajaremos con la dedicación que el amor patrio nos inspira.
http://www.diariodecuba.com/cuba/11720-un-gobierno-cubano-en-el-exilio
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https://www.change.org/petitions/freedom-and-political-refuge-for-the-cubans-detained-in-bahamas
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