Tuesday, May 27, 2014

El derecho de la propiedad

El derecho de la propiedad
[27-05-2014 11:38:58]
Diego Trinidad

(www.miscelaneasdecuba.net).- El derecho a la propiedad privada es uno
de los tres grandes derechos naturales, junto con la vida y la libertad,
que el Creador les otorgó a los seres humanos cuando los creó.
Combinados con los derechos suplementales del libre albedrío y la
búsqueda de la felicidad, este grupo de derechos básicos es lo que
diferencia a los seres humanos de los demás animales en la creación y
los hace especiales, sobre todo ante los ojos de Dios.
El diccionario legal Black's, la autoridad aceptada en la comunidad
legal americana, define Derecho Natural de la manera siguiente: "Un
sistema filisófico de principios morales y legales derivados de una
concepción de la naturaleza humana o justicia divina, opuesto a derechos
legislativos o judiciales." Pero una definición legal no es suficiente,
porque los derechos antes que nada tienen que ser percibidos, tiene que
haber conciencia de que los poseemos. Además, es necesario que sean
aplicados. De lo contrario, de nada valen, para nada sirven. Y para
aplicarlos, es necesario que una fuerza social independiente exista y
que se respete esa aplicación por el resto de la sociedad. Todo esto es
lo que hace que los derechos naturales en realidad SEAN. Es decir,
aunque los derechos naturales sean otorgados por un Ser Supremo, los
seres humanos necesitan tener conciencia de ellos y necesitan ser
aplicados para que tengan efecto.

El concepto de propiedad privada (que no es exactamente lo mismo que
elderecho a la propiedad privada) es antiquísimo. En si, los primeros
humanos cuando se congregaron en pequeños grupos, ya tenían conciencia
de la propiedad privada. ¿Cómo? Pues somos dueños de nuestros propios
cuerpos, de nuestros pensamientos, de nuestras palabras. Todo esto ya
estaba presente antes que la propiedad de la tierra apareciera cuando
las pequeñas tribus se asentaron y se convirtieron en sociedades
agricultoras. Pero cuando cazaban y pescaban, aunque a veces compartían
sus instrumentos, eventualmente los arcos, las flechas, y las estacas,
pasaron a tener dueños individuales. Así nació la propiedad privada: de
una manera obvia y necesaria. El historiador y filósofo alemán del siglo
19 señala que las palabras "mía" y "tuya" existen en todos los idiomas
para indicar derechos de propiedad, por lo que la propiedad se funda en
el impulso natural del hombre a extender su propia personalidad; lo cual
tiene mucho sentido. Curiosamente, hasta un comunista como Leon Trotsky
reconocía que las libertades civiles vienen de los derechos de propiedad
privada. Pero ¿cómo se extendieron, como se desarrollaron esos derechos
de propiedad privada, sobre todo a la tierra?

En tiempos de Grecia Antigua, Aristóteles escribió que la propiedad
privada está implantada en la naturaleza humana, que siempre ha existido
y que es lo que ofrece a los humanos la manera de actuar moralmente. Ya
en Grecia—y antes—en la civilización Micenea, se reconocía el derecho a
la tierra como propiedad privada individual. El reconocido autor de los
Clásicos, Victor Davis Hansen, teoriza que cuando la civilización
Micenea desapareció entre el 1600 y el 1200 BC, ya fuera por un
cataclismo o por conquistas externas, los grandes latifundios
desaparecieron también.

Con el tiempo, las nuevas sociedades se reorganizaron y aunque las
mejores tierras en los valles todavía eran controladas por
terratenientes que las cultivaban con esclavos, otras tierras menos
codiciadas, situadas en las laderas, de mucha menor extension—quizás
promediando 10 acres y cultivadas por pequeños agricultores con ayuda de
pocos esclavos, llegaron a predominar en Grecia Antigua. Se conocían
como georgos. Eran dueños de sus pequeños lotes y del cultivo que
producían. Es más, esos lotes individuales producían más que los grandes
latifundios. Además, los georgos tenían el derecho al voto y eran
militarmente autosuficientes, formando parte de los grandes guerreros
griegos, los hoplites, temidos en la antiguedad por sus innovativas
tácticas militares que hicieron a ciudades estados como Corinto y Atenas
dominantes en esa parte del mundo antiguo (En Esparta NO existía el
derecho a la tierra como propiedad privada individual; la tierra era
propiedad comunal).

En tiempos bíblicos también existía alguna tierra como propiedad
privada, aunque para ese entonces, la tierra pasaba a ser propiedad de
los reyes y grandes señores. En el libro de Génesis (23: 1-20), se
encuentra una anécdota interesante atribuída a Abrahám. Al fallecer su
esposa Sara, Abrahám trata de comprar un pedazo de tierra a su vecino
Hitita Efrón para enterrarla. Efrón ofrece regalar el lote a Abrahám
como un favor, pero este rehusa, pesa y cuenta un poco de plata y le
paga a Efrón ante testigos. ¿Por qué lo hace? Para, primero, establecer
su derecho a la propiedad del lote en perpetuidad; Efrón ya no tendría
nunca derecho a la tierra que había vendido. Segundo, los testigos
aseguraban que no habría reclamaciones de otros al lote. Tercero, al
pagar, Abrahám, no tenía obligación de devolver ningú favor.

Este tipo de transacción probablemente no es típica de la antiguedad,
aunque la sociedad hebrea siempre fue muy legalista. Pero en Egipto y en
Sumeria, desde 2500 BD, existen registros de propiedad, culminando en el
famoso Código Hamurabi de 1750 BC. Así se encuentran registros hasta los
tiempos de Roma, especialmente bajo la República, donde se reconocían
plenamente todos los derechos a la propiedad privada, no solo a la
tierra. Bajo el Imperio, muchos de esos derechos individuales se
perdieron, a pesar que siempre hubo leyes estríctas sobre la propiedad
de la tierra y otras propiedades privadas. Pero el enorme gasto público,
las políticas de "Pan y Circo", los grandes latifundios cultivados
solamente por esclavos (los que cada vez daban menos abasto), y los
impuestos que nunca dejaban de aumentar, finalmente socavaron la
sociedad romana y la destruyeron, incluyendo, por supuesto, casi toda la
propiedad privada. Cuando el Imperio sucumbió al caos y la ley y el
órden dejaron de existir, la propiedad privada simplemente no pudo
sobrevivir.

Muchos historiadores nos han tratado de convencer que con el fin del
Imperio Romano, "se apagó la luz en el mundo", pero esto nunca fue así.
En primer lugar, el Imperio Romano existió por mil años más, solo que
basado en el este, centrado en la nueva capital de Constantinopla. El
Emperador Constantino adoptó al Cristianismo como religion estatal y más
adelante, el Emperador Justiniano codificó todas las leyes del Imperio,
incluyendo las más antiguas del Imperio occidental. Por consiguiente,
lejos de "apagarse la luz", la civilización siguió su lento paso
adelante y los derechos de propiedad, aunque mucho más limitados bajo el
Imperio Bizantino, recibieron alguna protección, a pesar que la tierra
en general era propiedad de grandes señres y gente muy rica. Inclusive
el Imperio Occidental Romano continuó existiendo, solo que los
Emperadores muchas veces ni siquiera residían en Roma y su poder era muy
limitado. La población de Roma raramente fue menor de los 100,000
habitantes. Además, el Papa hizo de Roma su sede y eventualmente el
poder y la riqueza del Vaticano de nuevo trajeron gloria a Roma.

Los derechos de propiedad proliferaron en Inglaterra después de la caída
del Imperio Romano Occidental. Primero, cuando algunas tribus
germánicas, principalmente los Alglos y los Sajones, emigraron
lentamente al sureste de Inglaterra entre el 400 d. C. y el 1066, cuando
los Normandos conquistaron a Inglaterra. Esas tribus Anglo-Sajonas
trajeron a Inglaterra muchas de sus costumbres y tradiciones, incluyendo
la elección de sus líderes, el respeto a la propiedad privada y a los
contratos y el consentimiento de los gobernados por el rey, aunque fuera
de una manera limitada. Pero la invasion normanda eliminó muchos de esos
derechos y convirtió a Inglaterra en un reino absolutista como el resto
de Europa.

Todo comenzó a cambiar 200 años después cuando el Rey John fue obligado
a aceptar la limitación de sus poderes absolutos con la Magna Carta en
1215 (revisada en 1225 bajo el Rey James I). El capítulo 29 de la Magna
Carta establece específicamente muchas protecciones de ciertos derechos
individuales y de propiedad. La lenta marcha de la protección de los
derechos de propiedad así continua en Inglaterra hasta que surge el gran
Juez Lord Edward Coke a principios del siglo 17. Ya el Derecho Común
Inglés llevaba 400 años acumulando precedentes, pero el Juez Coke, en
una serie de decisiones judiciales entre 1606 y 1615, cuando también
escribió los Institutos de las Leyes de Inglaterra, fue enormemente
instrumental en adelantar y cementer todas las leyes que protejen los
derechos individuales y de propiedad de los ingleses. Una decisión
específica en 1610 se considera como la base en si del concepto del
Estado de Derecho y de un Gobierno Bajo la Ley (Rule of Law). Escribió
Coke en Proclamations, 77 ER 1352, "El Rey mismo no debe estar sujeto al
hombre, sino a Dios y a la ley, porque la ley lo hace Rey".

En los años entre 1215 y la Magna Carta en Inglaterra y la Revolución
Gloriosa de 1688, también avanzaron mucho los derechos de propiedad en
otras partes de Europa, prominentemente en las ciudades-estados del
norte de Italia (Venecia, Génova, Pisa, Florecia). En estas pequeñas
repúblicas revivió la Grecia Antigua y los derechos individuales que los
griego crearon. El comercio, sobre todo de Venecia, con el Imperio
Otomán Turco en especias y seda y la creación de la banca internacional
en Florencia bajo los Medici, trajo mucha prosperidad a estas
ciudades-estados y adelantó mucho los derechos de propiedad.
Similarmente, gracias al comercio, la república holandesa en los siglos
15 y 16 también vió florecer los derechos de propiedad. Claramente,
existe una conexión directa entre la libertad, la protección de los
derechos de propiedad y la prosperidad.

Con el Renacimiento Inglés, encabezado por John Locke, quien primero
identifica los derechos de propiedad como Derechos Naturales junto con
la Vida y la Libertad en su libro Dos Tratados Sobre Gobierno (1689) y
los grandes filósofos morales de Escocia (Adam Smith, David Hume, Lord
Kames, John Hutchinson, Thomas Reid) un siglo después, los Derechos de
los Ingleses se establecen totalmente en Inglaterra y se exportan a las
colonias inglesas en Norte América, los Derechos de los Ingleses se
establecen totalmente en Inglaterra, y se exportan a las colonias
inglesas en Norte América, donde encuentran su terreno más fertile para
enraizarse. La supremacía del Parlamento y la limitación de los poderes
absolutos de los reyes asimismo se consolidadn en Inglaterra. La
prosperidad de Inglaterra es el resultado.

La primera expedición inglesa con propósitos de colonización fue en 1585
y se asentó en la isla de Roanoke, en la presente Carolina del Norte.
Sir Walter Raleigh recibió la carta (charter) o estatutos para
establecer la colonia de parte de la misma Reina Elizabeth I, quien era
su socia en la empresa. Al parecer, además de una colonia, los dos
planeaban que fuera una base de expediciones de corsarios para espoliar
las flotas de tesoro españolas. Poco se sabe de esta colonia, la cual
desapareció sin muchos rastros en 1590. Pero en 1607, otra expedición
desembarcó en Jamestown, en la presente Virginia. Fue una empresa
privada—la carta otorgada a la Virginia Company of London—con varios
socios inversionistas de la aristocracia inglesa—y Jamestown perduró.
Pero a pesar de ser una empresa privada, la tierra en los primeros
cuatro años fue propiedad comunal. El resultado fue que el 80% de los
colonos murieron de hambre y enfermedades. ¿Por qué?

Todos los colonos eran sirvientes obligados (mala traducción de
indentured servants) por siete años a los inversionistas. Fueron los
inversionistas de la compañía Virginia (nombrada en honor de la Reina
Vírgen, Elizabeth I) los que decidieron que por esa razón, toda la
propiedad debía ser comunal—hasta que se pagara la inversión a los siete
años. Gran error. Pero en 1613, el Gobernador Thomas Dale—sin
consentimiento de los accionistas—otorgó lotes de 3 acres a cada colono
y lotes más pequeños a los nuevos colonizadores. El resultado del cambio
de propiedad comunal a propiedad privada de la tierra, salvo a la
colonia, una demostración dramática del poder de la propiedad privada.

Algo similar ocurrió en la más famosa colonia de Plymouth, en el
presente estado de Massachusetts, fundada en 1620 por pequeños
inversionistas, mayormente religiosos. Aunque esos colonos se conocen
como Peregrinos (Pilgrims) y también como Puritanos, en verdad eran
varios grupos de separatistas protestantes de la Iglesia Anglicana.
Viajaron desde Holanda 102 pasajeros en el pequeño barco Mayflower (100
pies de eslora) y 41 de ellos firmaron el Mayflower Compact, un acuerdo
para establecer un gobierno donde serían gobernados por "leyes iguales y
justas" en el cual todos los colonos participarían.

Probablemente, aunque el Compacto no lo menciona, por motivos religiosos
(es decir, el motivo principal de la colonia era buscar libertad
religiosa, no ganar dinero), a pesar que eran ciudadanos privados, la
tierra al principio fue también propiedad comunal. Los resultados fueron
parecidos a los de Jamestown: cerca del 50% de los colonos murieron de
hambre y de enfermedades. Tomó la decision del gobernador William
Bradford de otorgar lotes a los colonos sobrevibientes para que todo
cambiara. Explicó Bradford en su libro clásico sobre la colonia de
Plymouth, On Plymouth Plantation: "Dios en su sabiduría vió otro camino
más adecuado para ellos [los colonos]—y ese camino fue la propiedad
privada" (mi énfasis). Bradford fue más lejos, culpando la desastrosa
política colectivista de la propiedad comunal, basada en las enseñanzas
de Platón—por el gran fracaso inicial de la colonia. Poco más tarde se
decidió otorgar 50 acres de tierra a todos los colonos que pagaran sus
gastos de viaje desde Inglaterra. El sistema de propiedad privada en la
América Colonial había comenzado. La gran moraleja en ambos casos: la
propiedad comunal no funciona; produce hambrunas y muerte. La propiedad
privada funciona; produce prosperidad.

La ilimitada abundancia de tierra en el nuevo continente siempre hizo de
las colonias un lugar especial donde la propiedad de la tierra floreció.
Después del desastrozo comienzo de las colonias de Jamestown y Plymouth
gracias a la prática de establecer la propiedad comunal de la tierra en
los primeros años, las autoridades coloniales desde entonces
establecieron generosas políticas de otorgar concesiones de terrenos
privados a los nuevos inmigrantes. A los inversionistas de la compañía
Virginia se le otorgaban 100 acres de tierra, y como mencionado, 50
acres a los nuevos inmigrantes que pagaran sus gastos de viaje (opuesto
a la prática más común de obligarse por siete años de trabajo para los
inmigrantes que no podían costearse el viaje transatlántico). Una vez
que los agrimensores comenzaron a medir la tierra y a crear mapas, todo
se facilitó y los títulos de la tierra se pudieron otorgar.

Toda la tierra inicialmente pertenecía a las colonias (de acuerdo con
las cartas coloniales) y desde el principio, tanto las legislaturas
coloniales como los gobernadores (nombrados por el Ministro de Ultramar
en Londres) vendieron la tierra a precios muy baratos ya que el
propósito era atraer la mayor cantidad de inmigrantes. Naturalmente,
hubo mucho fraude siempre y los amigos de los funcionarios responsables
por vender la tierra, sobre todo cuando se vendían enormes cantidades en
el oeste de las colonias, se benificiaban por esos contactos. Pero en
general, como había tanta tierra disponible, los precios permanecieron
bajos por mucho tiempo. Además, en muchos casos, sobre todo antes que la
tierra en el oeste de las colonias fuera medida, todo lo que tenía que
hacer un colono era trasladarse más allá de las fronteras colonizadas y
construir una cabaña. Lo cual continuamente provocó serios conflictos
con las tribus de indios del interior.

Dos peculiaridades en las colonias afectaron la propiedad privada y los
derechos de propiedad de la tierra. Naturalmente, el derecho de
ocupación y posesión otorgaba el derecho de propiedad. ¿Pero que
pasaba—como siempre pasaba—cuando los indios también ocupaban la tierra
codiciada por los colonos? Usualmente los conflictos terminaban en
derramamiento de sangre. Las autoridades a veces trataban de intervenir,
pero en verdad era imposible. Además, muy lamentablemente, cada vez que
se firmaba un tratado con alguna tribu de indios, o los colonos o los
gobernantes lo violaban. Los indios simplemente estaban en el camino del
"progreso", a la manera de ver de los colonos. Pero los indios, de
hecho, tenían ciertos derechos por su previa ocupación de la tierra,
aunque no conocían el concepto de la tierra como propiedad privada. Era
tierra donde desde siempre las tribus cazaban y pescaban, y hasta
cultivaban la tierra en muchos casos. Esto nunca se resolvió de una
manera equitativa y los indios terminaron por ser expulsados de todas
sus tierras. Legalmente, un gran robo, y un gran abuso de los derechos
de los indios, indudablemente.

La otra peculiaridad en las colonias fue la esclavitud. Es decir, los
esclavos eran propiedad, legalmente. Al principio, los primeros esclavos
eran los indios (además de los sirvientes obligados, pero eso era por
solo siete años y los sirvientes NO eran considerados propiedad). Las
mísmas tribus tenían esclavos y una vez que llegaron los colonizadores,
a veces se los vendían. Cuando se empezaron a importar africanos,
sucedió lo mismo y surgió (más bien continuó), lo que se conoció como la
"institución peculiar": la esclavitud. Pero que se entienda bien: los
esclavos eran propiedad privada de los dueños, los cuales tenía títulos
de propiedad legalmente registrados y podían comprar y vender esclavos
como cualquier otra propiedad privada personal. Todo eso terminó con la
Guerra Civil, la emancipación de los negros esclavos y la adopción de
las Enmiendas 13, 14 y 15 a la Constitución. Pero la esclavitud como
propiedad duró—legalmente—más de dos siglos en las colonias y luego en
Estados Unidos de América por más de otro siglo.

La Constitución de 1787, por supuesto, protegió el derecho a la
propiedad privada absolutamente, excepto que bajo la Quinta Enmienda, se
reconoce el llamado eminent domain, que quiere decir el derecho del
gobierno a confiscar propiedad privada, pero únicamente para el "uso o
beneficio público", y cualquier confiscación debe ser justamente
compensada. Casi tan importante como la protección de los derechos de
propiedad en la Constitución fueron las decisiones de la Corte
Suprema—sobre todo entre 1801 y 1835 cuando el gran Juez John Marshall
presidió la Corte—santificando la ley de contratos. Los contratos
también están reconocidos y protegidos en la Constitución, especialmente
el reconocimiento de las obligaciones contractuales por todos y en todos
los estados, lo mismo que por el gobierno federal. Pero Marshall decidió
una serie de casos sobre contratos que cambiaron a la nueva nación desde
el principio.

Los hombres que escribieron la Constitución Americana, los fundadores de
este gran país, se basaron en una serie de teorías sobre los principios
de la libertad y de un gobierno republicano. Entre estos teóricos
figuran muy prominentemente el ingles John Locke y el francés Barón de
Montesquieu. Como ya se ha mencionado antes, también las teorías de los
filósofos morales escoceces influenciaron mucho a los fundadores.
Madison estudió minuciosamente practicamente todo lo que se había
escrito sobre las repúblicas de la antiguedad y otras más recientes como
las de las ciudades-estados italianas y la holandesa.

Sin embargo, es necesario enfatizar que nada fue más importante para
asegurar todos los derechos de propiedad en, primero las colonias, y
luego la nueva nación independiente, que el Derecho Común Ingles y los
derechos garantizados a todos los ingleses. Nadietuvo mayor importancia
en el establecimiento del Derecho Común Ingles que el Juez Edward Coke.
Sus Institutos sobre las Leyes Inglesas fueron la base de todo el
sistema judicial ingles y en las colonias de América fueron aún más
importantes que en Inglaterra. Con su decision de 1606 que estableció el
principio de un gobierno de leyes y el sometimiento del Rey a la ley,
Coke aseguró los derechos de propiedad más que nadie y que nada. Después
de todo, solamente bajo un gobierno de leyes puede existir el derecho a
la propiedad, a cualquier propiedad.

Finalmente, se deben mencionar dos leyes, la primera aprobada por el
Congreso Continental en 1787, una semana después de proclamada la
Declaración de Independencia Americana en Filadelfia. Esta fue la ley
más importante aprobada por el Congreso Continental y la más memorable.
Conocida como Northwest Ordinance, la ley cedió todo el enorme
territorio del llamado Noroeste (que eventualmente se convirtió en los
estados de Ohio, Indiana, Illinois, Michigan, Minnesotta y partes de
Wisconsin y Iowa), adquirido por Inglaterra de Francia después de la
Guerra de los Siete Años en 1763, al gobierno federal. Anteriormente,
este territorio pertenecía a varios estados de la costa atlántica, y
algunos, basado en las cartas constitutivas otorgadas por el Rey a las
distintas colonias, se extendían teoricamente del Atlántico al Pacífico.
Se establecieron una serie de precedentes bajo esta Ley.

Primero, fue la base de toda la política sobre la tierra del gobierno
federal por mucho tiempo. Es decir, la Ley estableció como se
organizaría la tierra para venderla a los nuevos inmigrantes. Segundo,
la Ley estableció la manera en que nuevos estados se formarían y los
mecanismos para que fueran admitidos a la Unión. Tercero, se prohibió la
esclavitud en el territorio, lo cual afectó directamente los derechos de
propiedad. Cuarto, se separó tierra para establecer escuelas públicas.
Quinto, adelantándose a la aprobación de la Declaración de Derechos
(Bill of Rights), se establecieron los Derechos Naturales, incluyendo
los de propiedad, en todo el territorio. Finalmente, se
despojó—legalmente—a las tribus que habitaban el territorio, de ningún
derecho de propiedad al mismo. Obviamente un caso de robo legal a los
indios, los cuales ni siquiera acordaron a la cesión del territorio, ni
firmaron el acuerdo y la Ley.

La segunda ley fue el Homestead Act de 1862, firmado por el Presidente
Abraham Lincoln durante la Guerra Civil. En realidad una serie de leyes
entre 1862 y 1866 que otorgaban, hasta 640 acres a cualquier ciudadano
mayor de 21 años o cabeza de familia que no hubiera tomado las armas
contra la Unión, incluyendo antiguos esclavos, que aplicara a la cesión
bajo la Ley. Esto, después de la Guerra Civil, creó la gigantesca
emigración hacia el oeste y causó, indirectamente, la construcción del
ferrocarril intercontinental. Con esta Ley, millones de acres de tierra
pasaron a ser propiedad privada. El efecto a los derechos de propiedad
es obvio.

Pero los derechos de propiedad, que han tomado años en desarrollarse y
que lograron su mayor extension y seguridad en el mundo creado por los
colonos ingleses en América del Norte, son muy frágiles. Tan frágiles
como la libertad que los protégé. Hace 100 años, la más grande plaga que
azotó al mundo, el comunismo internacional, amenazó con extinguir los
derechos de propiedad y la libertad misma en todo el mundo. Una larga y
costosa lucha entre la libertad y la esclavitud terminó hace poco más de
25 años, a un precio monumental de 200 vidas y trillones de dólares en
recursos malgastados. O eso pensamos en 1989. Algunos intelectuales
ilusos proclamaron el Fin de la Historia y el Triunfo de la democracia
liberal. Solo que tenían en mente la social democracia. O sea, el
socialismo. ¡Tanto nadar para morir en la orilla! La idea del
colectivismo, la izquierda eterna, que es inmortal como toda idea, de
nuevo levantó la cabeza. En Europa, el Estado de beneficio ha sofocado
en buena parte tanto los derechos individuales y de propiedad privada,
como la libertad y la prosperidad.

El Islam, tan enemigo de todas las libertades individuales como el
comunismo, ha resurgido también con la intención de establecer un Nuevo
Califato Mundial y llevar al mundo a la Edad Media otra vez. Aquí mismo
en Estados Unidos, los derechos de propiedad se han erosionado
considerablemente con peligrosas decisiones como la de Kelo v City of
New London en el 2005 por una Corte Suprema dividida, y aunque la
decision fue de 5 a 4, resultó en un fuerte golpe contra los derechos de
propiedad privada.

En el 2008, un electorado soporífico y mal informado, decidió optar por
promesas vagas y vacías de "cambio y esperanza". El resultado ha sido la
más terrible supresión de todas las libertades individuales que los
fundadores nos legaron con la Constitución de 1787. Hay esperanzas de
recuperarlas, pero el futuro es incierto. La libertad cuesta muy cara.
Perderla cuesta más caro todavía. La batalla es contínua, es larga y
dura. Depende de nosotros si la libertad, los derehos de propiedad y la
búsqueda de la felicidad sobrevivirán en el mundo y sobre todo donde se
consolidó, aquí en la cuna de la libertad, en los Estados Unidos de América.

Source: El derecho de la propiedad - Misceláneas de Cuba -
http://www.miscelaneasdecuba.net/web/Article/Index/53845d323a682e15dc206391#.U4SCSvmSwx4

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